Dir. RELACIONES PÚBLICAS Y LIBERTAD RELIGIOSA
Datos de contacto Henry Beltrán Betancourth (Presidente Asociación del Alto Magdalena)
Email: henrybeltran@asomagdalena.org

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RELACIONES PÚBLICAS Y LIBERTAD RELIGIOSA

El Departamento de Relaciones Públicas y Libertad Religiosa promueve la libertad religiosa, con especial énfasis en la libertad de conciencia. La libertad de conciencia incluye el derecho humano a practicar o adoptar la religión que la persona prefiera, cambiar sus creencias religiosas de acuerdo con su, así como de expresar sus creencias religiosas de acuerdo con su conciencia, así como de expresar sus creencias religiosas individualmente o en comunidad o en comunidad con otros creyentes en la adoración, la observancia, la práctica, el testimonio y la enseñanza, sujeto a todo lo anterior al respeto por los demás derechos de los demás.

Como la libertad religiosa incluye el derecho a observar días de descanso y adoración de acuerdo con los preceptos de la religión de cada cual, el Departamento de Libertad Religiosa apoya activamente el derecho a los adventistas del Séptimo Día a guardar el sábado de acuerdo con el cuarto mandamiento de la Ley de Dios. El Departamento también observa y analiza los acontecimientos actuales que puedan reflejar el cumplimiento de aspectos proféticos.

Para salvaguardar la libertad religiosa, el Departamento de la Relaciones Públicas y Libertad Religiosa incentiva, siempre que sea posible, la separación de la iglesia y el Estado, tal como lo recomendó nuestro Señor cuando dijo: «Dad, pues, a César lo que es de César, y a Dios lo que es de Dios» (Mat. 22:21). «El consorcio de la iglesia con el estado, por muy poco estrecho que sea, puede en apariencia acercar al mundo a la iglesia, mientras que, en realidad, es la iglesia la que se acerca al mundo» (El conflicto de los siglos, p. 342)

El estado nunca debería invadir el bien definido ámbito de la iglesia, afectando en cualquier forma la completa libertad de conciencia o el derecho a profesar, practicar y practicar y propagar las creencias religiosas; y la iglesia jamás debería invadir el clarísimo ámbito del Estado, excepto, cuando sea apropiado, para aplicar los principios morales a los asuntos públicos.

Asociaciones de la libertad Religiosa
El Departamento de Relaciones Públicas y Libertad Religiosa realiza muchas de sus funciones a través de la Asociación Internacional de la Libertad Religiosa y de sus asociaciones afiliadas a lo largo y ancho del mundo.

Asociación de Libertad Religiosa de la iglesia local
Se considera que cada iglesia local es una Asociación de Libertad Religiosa informal, y que cada miembro de la iglesia es miembro de dicha Asociación. El Pastor o el Anciano local es su Presidente en cada iglesia local.

Director de Libertad Religiosa de la Iglesia local
El Director de la Libertad Religiosa de la iglesia local será elegido por l iglesia y cooperará estrechamente con el Pastor en todos los asuntos de la Libertad Religiosa, y a la vez con el Departamento de Libertad Religiosa de la Asociación o la Misión y la Unión. Dicha persona debe ejercer una influencia espiritual positiva, ser capaz de entrar en contacto con el público en general, estar interesada en los asuntos públicos, ser eficiente como corresponsal y preocupada por la conservación de la Libertad del pueblo de Dios para servir al Maestreo.

-Convenio de Derecho Público
Decreto 3 54 1998 Convenio de derecho público
Este es un Artículo especial que acoge estudiantes que guardan el día sábado y desean presentar sus exámenes académicos o de Estado en un día diferente al sábado. También va dirigida a trabajadores que buscan hacer reconocer su derecho para la libertad de culto. (Archivo en Carpeta)

– Ley Estatutaria
Ley 133 1994 Estatuaría
Esta Ley Garantiza el derecho a la libertad religiosa de conciencia y de culto. (Archivo en Carpeta) Ley 133 1994 Estatuaría